Actualización de Pensión de Alimentos según IPC del INE

Calculadora Gratuita

Cuantía de la pensión según sentencia:
Fecha de la sentencia o convenio regulador:
Hasta:
Fecha de actualización del IPC:

Tipo de actualización del IPC:

 



 



Instrucciones de la calculadora:

La actualización de la pensión de alimentos según el Índice de Precios al Consumo (IPC) es un proceso que permite ajustar el monto de la pensión de acuerdo a la inflación y a los cambios en los precios de los bienes y servicios. En este caso, se presenta una calculadora en línea que permite realizar este cálculo de manera sencilla y gratuita.

Elaboración propia con datos extraídos del sitio web del INE: www.ine.es

Para utilizar la calculadora, se deben seguir los siguientes pasos:

1.-Ingresar la cuantía de la pensión según la sentencia.
2.-Ingresar la fecha de la sentencia.
3.-Ingresar la fecha final (normalmente la fecha actual).
4.-Seleccionar el mes en el que se desea actualizar el IPC. Se puede calcular "por la fecha de la sentencia" o "a 1 de enero".
5.-Si selecciona "a 1 de Enero", el sistema le dara a seleccionar entre "Incluir el IPC de todo el primer año" o "Solo desde la fecha de la sentencia".
6.-Seleccionar el tipo de actualización del IPC. Se puede elegir entre incremento (que no tiene en cuenta el IPC negativo) o variación (que sí tiene en cuenta el IPC negativo).
7.-Presionar el botón "Calcular" para obtener el resultado.

Criterios del calculo:

Es importante tener en cuenta que el IPC puede no haber sido publicado en algunos casos. También es importante recordar que la pensión de alimentos tiene una naturaleza especial y, por lo general, no se aplican los ajustes por inflación en caso de que el IPC sea negativo.Las pensiones alimenticias se establecen para satisfacer las necesidades de quien las recibe, considerando la situación económica de quien las paga (según el artículo 146 del Código Civil). Aunque en ocasiones el Índice de Precios al Consumidor (IPC) pueda ser negativo, generalmente los ingresos del pagador (salario, pensiones) no disminuyen; tienden a aumentar o mantenerse estables. Por otro lado, las necesidades del beneficiario (hijo/a) no disminuyen, sino que suelen aumentar. Por lo que no se debe aplicar una actualización negativa de la pensión, priorizando la protección del interés superior del menor. En cualquier caso, siempre deberemos comprobar lo acordado en nuestra sentencia. Ya que hay doctrinas a favor y en contra de la aplicacion del IPC negativo, y no hay jurisprudencia del Tribunal Supremo en este sentido

*De acuerdo con la información disponible en la página web del INE, los índices del INE corresponden al último día del mes, es decir, el día 31. En el caso del mes de enero de 2025, el índice se refiere específicamente al día 31 de enero de 2025. Por lo tanto, para la actualización de una pensión con fecha del 1 de enero de 2025, se deben utilizar los índices correspondientes al período de diciembre de 2023 a diciembre de 2024, y no al período de enero de 2024 a enero de 2025.

**En las actualizaciones a 1 de enero, nuestra calculadora puede:

Opción 1º Incluir el IPC de todo el primer año (de diciembre del año anterior hasta el 31 de diciembre de ese mismo año)

Por ejemplo, si la sentencia es del 7 de junio de 2019 y necesitamos actualizarla al 1 de enero de 2020, la calculadora tendrá en cuenta el IPC del año natural entero. Que, según las normas establecidas en la página del INE, el año natural, para este supuesto, comprende del 31 de diciembre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019. 

Opción 2º En el primer año, sólo se considerará el aumento del costo de vida desde la fecha de la sentencia o acuerdo hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. Para evitar incurrir en pluspetición.

En el ejemplo anterior, si la sentencia es del 7 de junio de 2019 y necesitamos actualizarla al 1 de enero de 2020, la calculadora solo tendrá en cuenta los cambios del costo de vida desde el 7 de junio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019, y no todo el año 2019.

***Si prefiere la comodidad y la seguridad de un servicio profesional, en EB-Abogados estamos a su disposición. Nuestro equipo de expertos se encargará de realizar este cálculo por usted, garantizando precisión y adaptación a sus necesidades específicas. Evite complicaciones y asegúrese de un resultado exacto y fiable. Para más información sobre nuestro servicio profesional, consulte aquí. Recuerde: EB-Abogados no se hace responsable de cálculos erróneos realizados por los usuarios a través de la calculadora. Siempre puede optar por la seguridad y eficacia de nuestro servicio profesional.

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